El Servicio Social es la actividad formativa y vinculada con la aplicación de conocimientos de carácter temporal, obligatorio, gratuito o mediante retribución, que realizan los alumnos o pasantes universitarios, tendientes a la aplicación de los conocimientos que hayan obtenido durante su carrera y que implican el ejercicio del perfil profesional para ampliar o reafirmar los conocimientos adquiridos, en beneficio de la sociedad y del Estado.

Los alumnos de las instituciones de educación superior realizarán el servicio social con carácter temporal y obligatorio, como requisito previo para obtener el título o grado académico que corresponda.

El servicio social tendrá por objeto:

  1. Desarrollar en el alumno una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece.
  2. Extender los beneficios de la ciencia, el conocimiento y la cultura a la sociedad.
  3. Convertir esta prestación en un verdadero acto de reciprocidad para con la misma, a través de los planes y programas del sector público.
  4. Contribuir a la formación académica y capacitación profesional del alumno durante el servicio social.
  5. Contribuir a la vinculación de las funciones sustantivas de la universidad.



El Servicio Social se prestará en forma individual o colectiva, según se establezca en los proyectos aprobados por la Coordinación General de Servicio Social de la Universidad.

Los alumnos podrán registrarse en un programa de Servicio Social, una vez que por lo menos hayan cubierto los siguientes porcentajes de los créditos totales del plan de estudios: cincuenta por ciento para el nivel de técnico, setenta por ciento para el nivel de licenciatura y cien por ciento para las áreas de la salud.

El programa del Servicio Social, de acuerdo con la naturaleza de la actividad, fijará la duración de servicio social, la que en ningún caso será menor de seis meses, ni mayor de dos años. Para el caso del servicio social del área de la salud la duración del servicio social será de un año.

El número de horas requerido para la prestación del servicio universitario, estará determinado por las características del programa al que esté adscrito el alumno. La duración del servicio social no podrá ser menor de 480 horas.
El servicio social deberá cubrirse preferentemente en aquellos proyectos y programas que contribuyan al desarrollo económico, social y cultural del Estado.


La prestación del servicio social de los alumnos o pasantes del área de la salud, se llevará a cabo prioritariamente en las unidades aplicativas del primer nivel de atención de menor desarrollo económico y social.